Con criterio
3 de agosto de 2017

La privación del derecho al voto en Estados Unidos, una medida sin fundamento

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La privación del derecho al voto es una medida que ha existido en Estados Unidos desde hace mucho tiempo[1] (The Sentencing Project, 2016). Consiste en que el Estado le niega a una persona el derecho a votar, ya sea en las elecciones estatales o federales, porque cometió un delito. Se partía de la base de que aquellas personas que habían cometido un delito, habían violado las normas sociales y, en consecuencia, habían probado que no eran capaces de participar en el proceso político del país (The Sentencing Project, 2016). (También le puede interesar: Hito en la política carcelaria: Reducción de las prisiones privadas en Estados Unidos)

 

Actualmente, en Estados Unidos cerca de 6.1 millones de personas no pueden votar debido a una condena por la comisión de un delito, cifra que incluye a las personas que se encuentran en prisión, a aquellas que se encuentran en libertad condicional, y a aquellas que, a pesar de haber cumplido su condena, la ley estatal les priva de su derecho de por vida. Así, 1 de cada 40 adultos, dentro de la población en edad para votar, no puede hacerlo (The Sentencing Project, 2016).

 

La existencia de esta medida no es solamente preocupante por el número de personas que afecta sino por el impacto racial desproporcionado que tiene (Human Rights Watch and The Sentencing Project, 1998). Alrededor del 7.4% de los adultos afroamericanos está privado del derecho al voto en comparación al 1.8 % de los adultos no afroamericanos. Así, 1 de cada 13 adultos afroamericanos está privado del derecho al voto (The Sentencing Project, 2016).

 

Otro aspecto de esta medida en los Estados Unidos es que las condiciones y efectos que tienen la privación del derecho al voto dependen de la ley de cada estado. En otras palabras, la ley de cada estado define si la restricción del derecho al voto aplica únicamente para las elecciones estatales o si aplica también para las federales (Human Rights Watch and The Sentencing Project, 1998).  También define si la privación se da únicamente para el periodo de tiempo en que la persona esté en prisión o si perdura a posteridad. (También le puede interesar: ‘Orange Is The New Black’, una recomendación)

 

Muchos de los estados que consagran la privación del derecho al voto la extienden incluso hasta después de que la persona ha cumplido su condena. Cerca del 25% de las personas privadas del derecho al voto está en prisión, mientras que el otro 75% corresponde a personas en libertad condicional o que ya han cumplido su sentencia (Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 2013).

 

La gravedad del delito, que aquel esté relacionado con los procesos electorales o no, o el hecho de que se trate de un delito estatal o federal no son necesariamente criterios que se tienen en cuenta para definir cuándo una persona que ha cometido un delito puede votar o no. Así, por ejemplo, una persona que haya cometido un delito menor como la venta de droga por primera vez puede perder su derecho al voto de por vida (Human Rights Watch and The Sentencing Project, 1998).

 

En consecuencia, la cifra de personas privadas del derecho al voto, la diferencia de regulación en cada estado, y el impacto en las diferentes poblaciones raciales hacen cuestionable la legitimidad y fines de la medida (Human Rights Watch and The Sentencing Project, 1998).

 

Como se mencionó, uno de los argumentos principales de los defensores de la sanción es que las personas que han cometido delitos no deberían votar porque con su conducta han demostrado que no cuentan con el juicio y discernimiento suficiente para ello, pues el ejercicio de ese derecho implica responsabilidad. Este argumento, sin embargo, es erróneo en la medida en que parte de la idea de que el sufragio debería restringirse a aquellos que “votan bien”, en otras palabras, contradice el principio de la universalidad en el derecho al sufragio (ProCon.org, 2014).

 

Restringir el derecho al voto por cometer un delito no persigue ningún fin estatal plausible. Según el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (2013), la privación del derecho al voto opera en contra de las metas de garantizar la seguridad pública y reducir la reincidencia. En el caso de las personas que cumplen con su condena, la privación del derecho al voto que perdura con posterioridad a ello se constituye en una condena eterna, como si el tiempo en prisión no fuera suficiente para saldar su deuda con la sociedad. Con esto también se le niega la posibilidad de iniciar una nueva vida y de reintegrarse a la sociedad al restringirle uno de los derechos más básicos en el ejercicio de la ciudadanía en una democracia: votar.

 

No obstante, teniendo en cuenta que uno de los objetivos de la prisión es rehabilitar a las personas, lo mínimo que se esperaría es que conserven todos los atributos de un ciudadano (Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 2013). La privación del derecho al voto obstaculiza su reintegración a la sociedad pues no hay razón para pensar que las personas privadas de la libertad o que alguna vez lo estuvieron no tienen el mismo derecho a participar en las decisiones políticas de su país. Negarles esa posibilidad equivale a marginarlos y condenarlos a que otros tomen sus decisiones. (

 

[1] Los orígenes de esta medida se remontan a la colonia inglesa. Los ingleses llevaron la costumbre a los Estados Unidos de la “muerte civil”, un conjunto de penas que incluían la restricción del derecho al voto cuando una persona cometía un delito.


Bibliografía