Con criterio
29 de septiembre de 2016

Tres mitos sobre los acuerdos de paz de La Habana

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Buena parte del debate sobre el plebiscito ha estado cargado de mitos sobre los acuerdos de paz de La Habana, alimentados por el interés de polarizar al país degradando el debate a un contrapunteo de epítetos. Por ello, merece la pena hacer un esfuerzo por desmitificar algunos de los asuntos que contiene el acuerdo, partiendo de una premisa básica: nadie es mejor o peor persona por votar SÍ o NO en el plebiscito, ambas posiciones son tan respetables, como legítimas. El país no puede caer en la polarización aupada desde ciertos círculos del poder.

 

Primer mito: impunidad.

Todos los procesos de paz en el mundo aplican la Justicia Transicional, de la que mucho se habla pero poco se conoce. ¿Qué es La Justicia Transicional? es un régimen jurídico excepcional, construido con el propósito de pasar de un estado de cosas “anormal”, como el del conflicto armado, a uno de “normalidad”. Por ello, la Justicia Transicional está compuesta por normas excepcionales, cuyo propósito en este caso es permitir el tránsito de un escenario de confrontación armada con las Farc a uno en el que ésta confrontación desaparezca.

 

El acuerdo de paz de La Habana reconoce al Derecho Internacional Humanitario como fundamento sobre el que reposa Justicia Transicional, cuya adecuación para el caso del Acuerdo de Paz de la Habana es la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, que establece que existirá amnistía solo para delitos políticos como la rebelión y los delitos conexos a éste, como el porte de armas y de prendas de uso privativo de las fuerzas militares. El Acuerdo deja claro que quienes reconozcan su responsabilidad por delitos graves de manera temprana ante la JEP pagarán una pena de restricción efectiva de la libertad que irá de 5 a 8 años, los cuales no se pagarán en cárceles. No obstante, quienes reconozcan tales delitos de manera tardía pagarán este mismo tiempo pero en cárceles y quienes no reconozcan delitos graves y sean vencidos en juicio pagarán de 15 a 20 años de prisión.

 

Segundo mito: abdicó el Estado de Derecho ante las Farc.

Tras 52 años de persistir en su decisión política de empuñar las armas, las Farc han optado por desistir de dicha decisión. El Acuerdo establece que de las dos fuerzas en confrontación, Estado y Farc, será la segunda la que se desarme en el marco de un mecanismo de monitoreo en cabeza de Naciones Unidas y define 180 días como plazo para la concentración de las Farc en 23 Zonas Veredales Transitorias de Normalización, con reglas de comportamiento estrictas, que pueden verse aquí: Así quedaron las Reglas para cese al fuego bilateral y dejación de armas de las Farc.

 

Los acuerdos constituyen un reconocimiento de la legalidad del Estado por parte de las Farc. La guerrilla encomienda al Estado su protección una vez se desarme, así como la existencia de garantías para hacer política una vez se conviertan en un partido político. A propósito de las reglas para hacer política, el Acuerdo establece que el partido en el que se conviertan las Farc tendrá 5 senadores y 5 representantes a la cámara durante los dos periodos constitucionales siguientes, es decir, 2018-2022 y 2022-2026, lo cual representa apenas el 5% del Congreso de la República, representación evidentemente minoritaria con respecto a las fuerzas tanto del presidente Santos, como las del Expresidente Uribe.

 

Tercer mito: el fin de los problemas del país.

Otro mito respecto a los Acuerdos de Paz de La Habana, que hace tanto daño como los anteriores al debate serio sobre los mismos, es asegurar que con la firma de los acuerdos de paz de La Habana vendrá la solución de problemas como los que persisten en la educación, el empleo, el campo y otros, afirmación que excede los alcances del acuerdo.

 

Los Acuerdos tienen como propósito terminar un factor de violencia que afecta gravemente al país: la confrontación armada entre Estado y Farc. Un hecho que por sí solo tiene una importancia trascendental. Por tanto, hace daño a este loable fin intentar colgarle consecuencias que ciertamente no tendrá, ello sería asaltar la conciencia de los ciudadanos. El desarme de las Farc y su transformación en una organización política es el asunto sustancial del acuerdo de paz, de hecho, haber limitado la discusión a este tema fue lo que permitió llegar al acuerdo final entre las partes.

 

La pregunta que se repite es “¿Y los demás problemas?”. Los problemas que aquejan a las mayorías deben ser resueltos por esas mayorías, y sin duda, un país sin guerra gozará de mejores condiciones para plantear soluciones, pues es un hecho que la sombra del conflicto armado ha empañado la contienda política civilista y democrática y ha impedido que los problemas más apremiantes del país se discutan.

 

* Investigador del Centro de Investigación en Política Criminal, Universidad Externado de Colombia. Politólogo y Magister en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Universidad Nacional de Colombia.